Política
Por María Isabel Triviño , 29 de septiembre de 2022 | 19:01

Diputado de la zona impulsa proyecto para derogar causales del aborto

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Los parlamentarios Urruticoechea y Jürgensen ingresaron la iniciativa. Crédito: redes sociales.
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Al presentar la iniciativa, uno de sus autores aseguró que “una mujer que ha sido violada y aborta no se ‘desviola’ ni física ni moralmente”. Revisa qué contempla el texto.

En su primer trámite constitucional se encuentra un proyecto de ley que busca derogar dos de las tres causales del aborto, que fueron legalizadas en Chile mediante Ley promulgada durante el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet.

La iniciativa legal fue ingresada este martes 27 de septiembre por el diputado independiente pro Partido Republicano, Harry Jürgensen, y su par Cristóbal Urruticoechea, militante de la colectividad que levantó la candidatura presidencial de José Antonio Kast.

Pero fueron las declaraciones de Urruticoechea las que encendieron la polémica, pues al dar a conocer el proyecto afirmó que “una mujer que ha sido violada y aborta no se ‘desviola’ ni física ni moralmente”.

Sus dichos y generaron una transversal indignación fueron refutados por diversos sectores de la sociedad, en redes sociales y medios de comunicación.

Una de las personas que salió al paso de la declaración del diputado republicano fue la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana.

"No se desviola, se atiende, repara y busca justicia. Eso es un mínimo de conocimiento que debe tener un legislador", criticó la secretaria de Estado.

La ministra Orellana fue enfática al refutar los polémicos dichos del diputado Urruticoechea. Crédito: Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.

Tramitación

Este miércoles 28, pasó a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados el proyecto que pretende modificar la Ley Nº 21.030, del 23 de septiembre de 2017, que regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales.

Entre los antecedentes del proyecto se menciona que dicha legislación, “modificando el Código Sanitario, permitió la realización de abortos por i) riesgo vital de la madre; ii) patología congénita adquirida o genética,   incompatible con la vida extrauterina independiente del embrión; y iii) en el caso de violación, siempre que no hayan transcurrido más de doce semanas de gestación”.

Asimismo, se señala que cifras del Ministerio de Salud dan cuenta que, a junio de 2022, “se han realizado en nuestro país 3.333 abortos bajo el  amparo de esa ley”. 

Y detalla que, de ese total, 1.037 corresponderían a la primera causal (riesgo vital de la madre), mientras que 1.688 se deberían a la segunda de las razones legalizadas (inviabilidad fetal) y 608 a la tercera causal (violación).

Argumentos

El texto afirma que “el aborto constituye una forma de homicidio, toda vez que implica la eliminación de un ser humano débil y por definición inocente todavía en el vientre de su madre a la que se haya confiado”.

Y subraya que este proyecto “sanciona penalmente la herida gravísima del aborto causada a la sociedad y a su cultura por quienes deberían ser sus constructores y defensores, derogando la reglamentación pertinente del Código Sanitario”.

Sin embargo, la iniciativa, uno de cuyos autores es parlamentario por el Distrito 25, de la zona norte de la Región de Los Lagos, centra su acción punitiva en la segunda y tercera causal.

Sanciones

En términos concretos, el proyecto de los diputados Jürgensen y Urruticoechea plantea que “la mujer que causare su aborto o consintiere que otra persona se lo cause, será castigada con presidio mayor en su grado mínimo”.

En esta línea, también se contempla aumentar “la pena del profesional que violando su estándar profesional procura de manera directa y sin  causa de justificación legal un aborto”, considerando asimismo la “inhabilitación absoluta especial perpetua para el ejercicio de la profesión”.

La normativa propuesta además incorpora al Código Penal un nuevo artículo, orientado a sancionar “a cualquier persona que promocione o difunda servicios o productos que tengan por finalidad proporcionar  medios para la comisión de delito de aborto”, imponiendo como castigo el presidio menor en su grado máximo”.

 

 

 

 

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