Nacional
Por Claudia Sepúlveda , 23 de febrero de 2021

Corte Suprema acoge recurso de protección contra Universidad por denegar la titulación de un alumno que registraba deudas

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Corte Suprema
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El recurrente completó el programa del magíster e incorporó a su patrimonio el derecho personal a obtener su título, por lo que la negativa de la universidad vulnera su derecho de propiedad.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que acogió un recurso de protección interpuesto en contra de una universidad, por denegar la entrega del título universitario de magíster a un alumno que registraba deudas de arancel.

El conflicto surge luego que la coordinadora del programa del Magíster en Dirección y Planificación Tributaria de la Universidad de Talca informara a un alumno que no podría continuar su proceso de titulación, ya que registraba un saldo pendiente en las cuotas de arancel de la carrera.

El actor accionó de protección, acusando que el actuar de la recurrida es ilegal y arbitrario, ya que se denegó la tramitación de su título de postgrado siendo que aprobó íntegramente todos los cursos del magister, aprobó su trabajo final de grado y cumplió con todos los requisitos que impone el reglamento interno de la universidad, por lo que la actuación de la casa de estudios vulnera su derecho de igualdad ante la ley al exigirle un requisito curricular que no se encontraba dentro de las bases del magíster.

La Corte de Talca acogió el recurso y ordenó a la recurrida culminar el proceso de titulación del actor, para lo cual tuvo presente que el vínculo contractual entre las partes se encuentra regulado por el Reglamento de Aranceles y Matrícula de Postgrado de la Universidad de Talca, por lo que el actor al cumplir íntegramente los requisitos del magíster ha incorporado a su patrimonio el derecho personal a obtener su título y la negativa de la universidad vulnera su derecho de propiedad.

El máximo Tribunal confirmó la sentencia en alzada compartiendo los razonamientos del fallo de primer grado.

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