En actividades de fiscalización realizadas por la Superintendencia del Medio Ambiente, se pudo constatar superaciones a los límites establecidos en la normativa. Tras la formulación de los cargos, el titular del proyecto cuenta con un plazo ampliado de oficio de 15 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento y de 22 días hábiles para formular descargos.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio, con la formulación de un cargo, contra la empresa Constructora Movitex Construcciones SpA, por superaciones a la Norma de Emisión de Ruidos en su planta de asfalto Movitex-Corrales del Sur, que se encuentra ubicada en la comuna de Puyehue, Región de Los Lagos. De acuerdo a la Ley Orgánica de la SMA, el cargo fue clasificado como leve, por lo que el titular arriesga una multa de hasta 1.000 UTA.
El origen de los ruidos correspondería al funcionamiento de una planta de procesamiento de áridos, la cual cuenta con una planta chancadora y una planta asfáltica, además del tránsito de camiones y el uso de maquinaria, entre otros.
Es importante indicar que por este caso la Superintendencia recibió un total de ocho denuncias, una de ellas correspondiente a una petición sectorial de la Seremi de Salud de la Región de Los Lagos.
En este marco, la SMA realizó actividades de fiscalización ambiental, a fin de llevar a cabo mediciones de los niveles de ruido producidos por el proyecto. De forma adicional, durante una inspección ambiental realizada el 21 de enero de 2025, se requirió información al titular respecto del plano del proyecto, permisos sectoriales que mantiene y las medidas de mitigación de ruidos implementadas.
Con estos antecedentes, la Superintendencia pudo constatar superaciones a los límites para los niveles de presión sonora corregidos (NPC) establecidos por la Norma de Emisión de Ruidos (D.S. N°38), para zona rural. Lo anterior motivó el inicio del procedimiento sancionatorio.
“La normativa de ruidos establece límites para el nivel de decibeles que puede producir cualquier proyecto u actividad económica, los cuales deben ser respetados por los titulares. La exposición al ruido genera una afectación permanente para la calidad de vida de las personas, y se constituye como uno de los principales motivos de denuncias ante la SMA”, explicó la jefa regional de la SMA en Los Lagos.
“El titular cuenta con un plazo ampliado de oficio de 15 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento y de 22 días hábiles para formular descargos”, agregó.
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