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Por María Isabel Triviño , 20 de enero de 2022

Femicidio en isla Caguach: Condenan a ex conviviente en la repetición del juicio

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Fuente: Redes sociales.
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Tribunal de Castro programó, para el lunes 31 de enero, la lectura de la sentencia contra el imputado por el brutal asesinato de Mónica Mansilla Muñoz.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro dictó veredicto condenatorio en contra de C.I.V.V., en calidad de autor del delito consumado de femicidio de su ex conviviente, Mónica del Carmen Mansilla Muñoz, en la isla Caguach de la comuna de Quinchao, Provincia de Chiloé. 

En esta repetición del juicio, y en resolución dividida, el tribunal dio por acreditado tanto la comisión del delito como la participación culpable de C.I.V.V. en los hechos registrados la madrugada del 19 de diciembre de 2019. 

Expresaron que, entre las 04:00 y las 07:00 de ese día, el ahora condenado concurrió hasta el domicilio de Mónica Mansilla Muñoz, de 54 años, ubicado en el sector La Capilla de la isla Caguach. 

La resolución consignó que, en dicho contexto, el ex conviviente la golpeó con un elemento contundente en diversas partes del cuerpo, luego la estranguló y le causó la muerte por asfixia, para luego huir dejando a la víctima sobre su cama, tapada con un cobertor.

Este lunes 31 de enero, a las 20:00 horas, se realizará la audiencia de lectura de la sentencia contra el imputado, quien el 21 de septiembre de 2021 había sido absuelto del delito de femicidio que le imputaba la Fiscalía de Castro, ante lo cual el Ministerio Público presentó un recurso de nulidad, que fue acogido por la Corte de Apelaciones.

ABSOLUCIÓN

En el veredicto del primer juicio, los jueces cuestionaron fuertemente la labor investigativa liderada por la Fiscalía, señalando que los antecedentes que aportó no permitieron corroborar la participación del imputado ni tampoco fue posible “situar al acusado en el lugar de los hechos y atribuirle la autoría de las lesiones y de la muerte de su ex conviviente”. 

Asimismo, el dictamen subrayó que no pudieron considerar evidencias obtenidas en el dormitorio del imputado, debido a que los funcionarios policiales ingresaron sin contar con la orden del juez competente y solo con la autorización de la propietaria del inmueble y tía del acusado.

En este contexto, los jueces recalcaron que, a raíz de lo anterior, la defensa alegó infracción de la garantía constitucional de la privacidad del imputado, lo que vició el procedimiento y afectó “la validez de la prueba obtenida”.

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