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Por María Isabel Triviño , 24 de enero de 2022

Corte confirma multa a local de juegos electrónicos que operaba sin patente

  Atención: esta noticia fue publicada hace más de 2 años
Fuente: Superintendencia de Casinos de Juego.
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Tribunal de alzada entrega sus argumentos y adelanta a qué se expone el representante legal de la empresa, si no paga la pena fijada por el tribunal de Osorno dentro del plazo.

La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de apelación interpuesto por la empresa Fu Hao Entretenciones SpA, y confirmó la sentencia de primera instancia que la condenó a pagar una multa, por el máximo legal de 5 UTM (Unidades Tributarias Mensuales) debido a que funcionaba sin patente municipal en la ciudad de Osorno.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, que fue pronunciada el 29 de noviembre de 2021 por el Primer Juzgado de Policía Local de Osorno, que acogió la denuncia presentada por la Municipalidad de Osorno, tras detectar máquinas de juegos electrónicos operando sin autorización en el local comercial de la citada empresa.

El dictamen de la corte valdiviana recuerda que la sentencia de primera instancia consigna que en el mes de abril del año 2020, el Departamento de Rentas de la Ilustre Municipalidad de Osorno, en virtud del Dictamen N" 25.702 de la Contraloría General de la República de 2019, remitió una misiva a los contribuyentes que detentan patentes municipales con giro de juegos electrónicos, en el que se les instruye que para (el) otorgamiento o renovación de éstas deberán acompañar informe respectivo, emitido por la Superintendencia de Casinos y Juegos. 

En este contexto, el fallo del tribunal de alzada considera que ha quedado demostrado que la denuncia es efectiva, por lo que estima que debe sancionarse a Fu Hao Entretenciones SpA, “representado legalmente por don Lin Xie Hong Chen, ambos con dirección comercial en Errázuriz N° 1216, de la comuna de Osorno, conforme normativa legal, esto es, por tener local comercial funcionando con actividad de juegos electrónicos sin patente municipal, aplicándose el máximo de multa, por su negativa a respetar la legislación vigente”, precisa el texto.

Asimismo, la Corte de Apelaciones de Valdivia adelanta que si el sentenciado o quien represente sus derechos no paga la multa dentro del plazo legal, el representante legal de la empresa  sufrirá “reclusión nocturna correspondiente a quince noches, pena que deberá cumplir en la cárcel presidio que corresponda”, añade la sentencia del tribunal de alzada.

La acción judicial había sido interpuesta por dueños de “casinos populares”.

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